Caracas - Venezuela
marzo 29 2024 / 5:33 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO CON MOTIVODEL DÍA MUNDIAL DEL ALZHEIMER

ACUERDO CON MOTIVO
DEL DÍA MUNDIAL DEL ALZHEIMER

 

CONSIDERANDO

Que el 21 de septiembre de cada año se conmemora el Día Mundial del Alzheimer, proclamado así desde el año 1994 por la Organización Mundial de la Salud y auspiciado por la Federación Internacional Alzheimer, habiéndose establecido a partir del año 2012 el mes de septiembre como el mes mundial de la lucha contra ese padecimiento;

CONSIDERANDO

Que la dedicación de un día al año tiene como objetivo dar a conocer y difundir información sobre esta enfermedad, que se encuentra en crecimiento continuo, siendo el número de afectados en la actualidad 36 millones de personas en el mundo, entre las que se encuentran 150 mil venezolanos, según datos aportados por la Fundación Alzheimer de Venezuela;

CONSIDERANDO

Que el Mes Mundial del Alzheimer ofrece una oportunidad para que las asociaciones de Alzheimer alrededor del mundo obtengan el reconocimiento y credibilidad por el trabajo que realizan;

CONSIDERANDO

Que el Alzheimer es una enfermedad degenerativa del cerebro, siendo considerada un tipo de demencia que se manifiesta casi de manera exclusiva al alcanzar la edad de adulto mayor y solo de manera excepcional en personas jóvenes, conduciéndolos a la pérdida progresiva de las facultades intelectuales, disminuyendo por tanto su autonomía y aumentando con ello su dependencia de otra persona para su cuidado;

CONSIDERANDO

Que Venezuela es un país que se encuentra en plena transición demográfica, razón por la que se proyecta un incremento de la población adulta mayor, siendo este colectivo el más proclive a padecer esta enfermedad, hecho que traería como consecuencia un incremento de los casos de personas con alzheimer en los próximos cincuenta años;

 

CONSIDERANDO

Que tanto en Venezuela como en el resto del mundo existen organizaciones de carácter público y privado dedicadas al estudio, atención, prevención, acompañamiento y vigilancia de los pacientes con alzheimer, así como de apoyo a sus familiares, con el propósito de procurarles mayor calidad de vida durante el padecimiento;

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 83 establece la salud como derecho fundamental, dándole el deber al Estado de promover y desarrollar políticas orientadas a elevar la calidad de vida;

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 76 establece el deber que tienen los hijos e hijas de asistir al padre y a la madre cuando éstos no puedan hacerlo por sí mismos.

ACUERDA

Primero. Expresar total respaldo y apoyo a las actividades que desde las distintas organizaciones e instituciones públicas y privadas se realicen para conmemorar el Día Mundial del Alzheimer.

Segundo. Apoyar iniciativas de promoción y divulgación acerca de este padecimiento y sus consecuencias no solo para la vida del paciente, sino también para la de sus familiares, concientizando a la población en cuanto al diagnóstico oportuno y tratamiento.

Tercero. Exhortar mediante el presente Acuerdo al Poder Ejecutivo tanto nacional, regional y local a establecer como prioridad dentro de los diferentes planes y políticas desarrolladas en materia de salud, todo lo relacionado con la atención a los pacientes afectados con alzheimer y otras demencias bajo un enfoque basado en los derechos humanos, que faciliten su cuidado y calidad de vida.

Cuarto. Impulsar el trabajo de las universidades y sociedades medico-científicas para que desarrollen trabajos de investigación sobre el abordaje del alzheimer, que permitan establecer mecanismos de cuidado, prevención, así como una detección oportuna de este padecimiento.

Quinto. Reconocer y exaltar la labor que desarrollan las instituciones, asociaciones y organizaciones vinculadas al tema, especialmente la labor realizada por la Asociación Alzheimer de Venezuela conformada por familiares de pacientes con alzheimer y otras demencias, profesionales de la salud, estudiantes y voluntarios comprometidos con la causa de aumentar el nivel de calidad de vida de las personas afectadas, dedicándose desde la atención directa al propio afectado hasta la preparación y capacitación de personas que puedan brindar el debido cuidado y acompañamiento a ellos.

Sexto. Exhortar al Ejecutivo Nacional a que mediante los entes correspondientes impulse una campaña de concientización, sensibilización y formación, dirigida a la población para la comprensión, atención y respeto de las personas que presentan esta patología, con el fin de afrontar el comportamiento fuera de lo habitual que los pacientes puedan manifestar.

Séptimo. Exhortar al Ejecutivo Nacional que fomente mediante campañas de concientización el deber humano tanto de rango constitucional y legal que tienen los hijos e hijas de asistir y velar por sus padres cuando no puedan valerse por sí mismos, brindándoles la mayor calidad de vida a aquellos padres que padecen de alzheimer.

Octavo. Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, Sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis. Año 206° de la Independencia y 156° de la Federación.

 

 

 

HENRY RAMOS ALLUP

Presidente de la Asamblea Nacional

 

 

 

ENRIQUE MÁRQUEZ                                  SIMÓN CALZADILLA

Primer Vicepresidente                              Segundo Vicepresidente

 

 

 

  ROBERTO EUGENIO MARRERO BORJAS            JOSÉ LUIS CARTAYA

                 Secretario                                             Subsecretario

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